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abril  30, 2024

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La protección de los espacios integrados frente a los delitos transnacionales
La figura del “Fiscal Internacional” en la Unión Europea y la posibilidad de su existencia en el Mercosur

Por María Marta L. Herrera


"En el marco del derecho penal internacional, y como una actividad tendiente a profundizar la cooperación penal internacional a nivel regional, resulta conveniente que los países miembros y asociados del MERCOSUR trabajen para la creación de una autoridad regional de cooperación procesal internacional en materia penal, un Fiscal del MERCOSUR, que tenga a su cargo la investigación y acusación por la comisión de los delitos transfronterizos que aquejan la región, como por ejemplo delitos de lavado de activos, de trata de personas y daños al medio ambiente. El artículo 4º del Tratado de Cooperación puede ser considerado como un primer escalón en la escalera de institucionalización de esta cooperación procesal penal, pero resulta insuficiente a la luz de la experiencia zonal. Si analizamos la experiencia europea en la materia, para determinados tipos de delitos, sus normas resultan insuficientes, y sería más conveniente que, completando la labor de cooperación iniciada por este Protocolo, se creara el Ministerio Público Fiscal del Mercosur. La semejanza de organización, funcionamiento y facultades de los Ministerios Fiscales a nivel de los países que integran el MERCOSUR, es un aliciente que simplifica la tarea de instauración del Fiscal del MERCOSUR, y debe actuar como incentivo para favorecer la actividad de cooperación procesal internacional a nivel regional, en lo relativo a la prosecución y castigo de los delitos transnacionales, sobre todo de lavado de activos y trata de personas. A diferencia de la realidad europea, esta circunstancia tiene que ser un aliciente que permita concretar realmente a nivel jurídico el desarrollo de la cooperación procesal en esta materia. La riquísima y compleja experiencia de la Unión Europea en el proceso de creación del Fiscal Europeo y del Eurojust, debe servir como fuente al MERCOSUR, de modo que el trabajo que se emprendió en el espacio europeo, sea inspirador para el establecimiento de la autoridad a nivel MERCOSUR, de manera de afianzar la seguridad jurídica de la región y combatir efectivamente los delitos. Resultaría conveniente que en las reuniones especializadas que periódicamente llevan a cabo de representantes del Ministerio Público Fiscal del MERCOSUR, se instale como tema de debate concreto, la creación del Fiscal del MERCOSUR, cuya actuación garantice la segura y libre circulación de las personas y los capitales, a nivel regional. A esos fines, resulta de suma importancia la referencia que, sobre el trabajo de las reuniones permanentes, efectuaron los Jefes de Estado en la 46º Cumbre de Jefes y Jefas de Estado del MERCOSUR."

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Términos mencionados en esta doctrina: mercosur, cooperación, fiscal, internacional, delitos, regional, conveniente, creación, actividad, autoridad.

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